EL
PODER DEL SOBERANO
En la ética antigua se
sustentaba en las nociones de pecado, culpa, redención y obediencia
incondicional a la palabra divina para sostener el poder patriarcal, más
adelante la teología reformularía estas tradiciones. Para ello convirtieron el
derecho natural en una derivación racional de los mandatos divinos proponiendo
una jerarquía entre la ley divina, la ley natural (la superioridad de lo que es
natural sobre lo convencional, es decir la superioridad de lo que es justo por
naturaleza sobre lo que es justo por convención) y la ley positiva (el derecho
escrito). Esta perspectiva servirá por
muchos siglos de modelo teológico político para fundamentar el poder absoluto
del soberano. Este iusnaturalismo premoderno supone la superioridad de las
leyes naturales sobre las leyes positivas así como la prioridad de los deberes
y obligaciones con el soberano sobre los derechos de actuar libremente. (Nota:
el iusnaturalismo o Derecho natural es una teoría ética y un enfoque filosófico
del Derecho que postula la existencia de derechos del sujeto fundados en la
naturaleza humana, universales, anteriores y superiores al ordenamiento
jurídico positivo y al derecho fundado en la costumbre. Como dice Zaffaroni la
sociedad es entendida como un organismo natural con un reparto de funciones que
no puede alterarse ni decidir su destino por elección de la mayoría de sus células.
Cualquiera que pretenda una modificación genera una enfermedad contra la ley
natural. Cualquier transgresiones considerada un acto criminal que debe ser
castigado con la máxima dureza.
Es Thomas Hobbes quien
inaugura el iusnaturalismo moderno. En su libro Leviatán parte de la idea de
que la condición natural del ser humano es de una guerra de todos contra todos.
A este problema Hobbes plantea que la solución es que el ser humano queda libre
de sus debilidades al renunciar a sus derechos naturales a favor de una
estructura coercitiva, legalizada por un
consenso que pone freno al desarrollo de sus pasiones. Para Hobbes “el
hombre es lobo del hombre”, por lo tanto el miedo es la única garantía para la
paz y la seguridad de la sociedad. En el modelo absolutista hobbesiano, la
sociedad política no cambia su naturaleza pasional ya que puede estallar en
cualquier momento al romperse el contrato social de protección y obediencia. Es
que para Hobbes no existe ninguna posibilidad de una transformación de la
subjetividad de las pasiones que permitan establecer vínculos de solidaridad
por fuera de un Estado coercitivo basado en el miedo.
FUENTE: Psicoanalista Enrique Carpintero
Licenciada Mirta Zangaro

